Sí, me caso... ¿Y ahora qué? (I)
Cuando decides casarte con tu pareja, o tu novio te pide en matrimonio y a ti te parece genial (según el estilo de cada uno), no te das cuenta en el embolao que te estás metiendo. Y no lo digo sólo por tener que preparar la fiesta en sí, sino por el papeleo y la burocracia previa al matrimonio (que, quieras que no, sigue siendo un contrato entre dos personas).
A mí, el año pasado me ayudó mucho buscar por internet qué trámites tenía que hacer exactamente para casarme, así como para hacerme una idea aproximada de los tiempos. Desde el principio estaba clarísimo que nos casaríamos por lo civil, ya que yo ni he hecho la comunión y ninguno de los dos somos creyentes. Teníamos dos opciones: el registro civil de Madrid o el de Alcorcón, ya que cada uno estamos empadronados en una ciudad. En Alcorcón nos dijeron que la tramitación del expediente matrimonial estaba tardando entre 6 y 9 meses, así que nos decidimos por Madrid, que tardaban unos 2 meses.
¿Qué hay que hacer?
Lo primero solicitar y reunir toda la documentación que te exigen y cuando la tienes, ir a pedir cita al registro civil para abrir el expediente matrimonial:
- Instancia y declaración jurada de soltería. Esto te lo dan allí, así que por esto no hay que preocuparse.
- DNI o pasaporte, original y fotocopia de los dos.
- Certificado literal de nacimiento. Esto se solicita por internet en la página del ministerio de justicia y te lo mandan a casa en una semana, más o menos.
- Certificado de empadronamiento, en el que conste dónde has residido los dos últimos años. En Madrid se solicita aquí.
Cuando tienes esas tres cosas, te acercas una mañana al registro civil (Calle Pradillo 66, de 9 a 14h), entregas la documentación y te dan cita para abrir el expediente matrimonial. El día que vas a pedir cita no hace falta que estén los dos, puede ir uno de los contrayentes, pero tiene que ser uno de los dos, no puede ir otra persona por ellos.
El día de la cita, cuando abres el expediente matrimonial, tienen que ir los dos contrayentes y un testigo, que puede ser cualquier persona que conozca a los novios, familiar o amigo. En nuestro caso vino mi padre. Firmas la declaración de querer contraer matrimonio sin estar coaccionado/a y te dan otra cita para recoger el expediente, si te quieres casar en otro sitio que no sea el registro civil (el ayuntamiento, otra localidad, etc).
Nosotros luego tuvimos que llevar el expediente al registro civil de Alcorcón, ya que nos queríamos casar en el ayuntamiento, porque tienen ceremonias los sábados por la mañana. Lo llevamos al registro civil y nos dieron un certificado para el ayuntamiento. Lo llevamos al ayuntamiento con más fotocopias de los DNIs (nuestras y de los dos testigos) y más certificados de empadronamiento y ¡por fin! pudimos pedir la fecha que queríamos.
Los certificados que pides (empadronamiento y nacimiento) tienen validez de un año. Y el expediente matrimonial, una vez firmado por el juez, también tiene validez durante un año. Es decir, si lo abres el 7 de Noviembre de 2011, te puedes casar hasta el 7 de Noviembre de 2012. Si no, habría que prorrogarlo en el registro civil.
En resumen, empecé a mirar el papeleo a finales de Agosto, con tranquilidad. Pedimos la fecha el 14 de Noviembre. Tiempo total de trámites: unos 3 meses.
2 comentarios:
Hola Ana, excelente post, ojalá puedas ayudarme...¿Cuando llevas el expediente al ayuntamiento solo son necesarias las fotocopias de los dni de los testigos, o deben ser originales? Muchas gracias!,,
Hola Joa. Aquí en el ayuntamiento de Alcorcón sólo nos pidieron las fotocopias de los dni de contrayentes y testigos, no hacía falta llevar los originales. Me alegro que te haya servido el post. ¡Un saludo!
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